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Cómo reclamar

El banco me ha dado la razón, pero no me ha pagado todo lo que reconoció

Actualizado el 14 de agosto de 2026 · IBERICA DIGITAL PARTNER, S.L.

Es más frecuente de lo que parece y casi nadie lo comprueba. La entidad estima la reclamación, abona una cantidad y el expediente se da por cerrado. Pero si cruzas apunte a apunte lo reconocido con lo ingresado, a veces falta la mayor parte del dinero. Y esa es la reclamación más fácil que existe: el banco ya ha aceptado el principio, solo se discute la aritmética.

El caso que nos hizo construir esto

Una resolución estimatoria concedía la devolución de las comisiones de impagados reclamadas, sin limitación por importe ni condicionamiento alguno. Los abonos empezaron a llegar el mismo día de la resolución. Sumaban 577,26 €.

Comparación entre el importe reconocido y el efectivamente abonadoQue el banco te dé la razón no significa que te pagueCaso real: resolución estimatoria de un servicio de atención al cliente, julio de 2026Reconocido3.890,03 €Abonado577,26 €quedaron sin abonar 3.312,77 €El abono se limitó al tramo de tarifa más bajo e ignoró los demás. Solo se ve cruzando apunte a apunte.
Lo reconocido frente a lo abonado en un expediente real.

Al descomponer los abonos por importe unitario apareció el patrón: la entidad había devuelto únicamente el tramo de tarifa más bajo e ignorado todos los superiores, que eran del mismo concepto y estaban en la misma resolución.

Tramos de tarifa devueltos frente a ignoradosEl banco devolvió un tramo de tarifa e ignoró el restoCargos reconocidos por importe unitario, IVA incluido — mismo concepto, misma resolución3,63 €172 cargosdevuelto7,26 €75 cargos10,89 €32 cargos14,52 €31 cargos21,78 €10 cargos25,41 €8 cargosNinguna resolución distingue por importe unitario: la exclusión no tenía amparo.
Un tramo devuelto, cinco ignorados.

Cómo detectarlo tú

Ese último punto destapa el truco más caro: en el expediente que analizamos, buena parte de lo abonado se imputaba a comisiones de remesa —las que la resolución había rechazado— y no a las de devolución, que eran las estimadas. Es decir, la entidad retrocedió cargos cuya reclamación había desestimado y dejó sin devolver los que expresamente acordó devolver.

Qué escribir

Un escrito de disconformidad con la ejecución de la resolución, no con su criterio. Debe dejar claro que no se discute lo resuelto, sino que el abono no se corresponde con lo acordado, y adjuntar la tabla del cruce: importe unitario, cargos reconocidos, unidades abonadas y diferencia.

Se pide completar el abono, los intereses legales desde la fecha de la resolución y, si la entidad mantiene la limitación, una resolución expresa que explique el criterio aplicado. Ese segundo escrito rara vez necesita discusión jurídica: es aritmética.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto plazo tengo para reclamar la diferencia?

Cuanto antes mejor, pero el derecho reconocido en la resolución no se evapora. Lo urgente es que los cargos más antiguos del expediente siguen prescribiendo.

¿Hace falta volver a empezar el procedimiento?

No. Es un escrito de disconformidad dentro del mismo expediente, referenciando su número.

¿Y si insisten en no pagar?

Se acude al Banco de España aportando la resolución y la prueba del abono incompleto. Es un caso especialmente claro, porque la propia entidad ya reconoció el derecho.

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